Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0309/2012
Fecha: 18-Jun-2012
II.2.
II.2. El 5 de julio de 2009, dicha propiedad fue avasallada por los ahora demandados, quienes arbitrariamente ingresaron en los terrenos, amenazando la integridad física del accionante y su familia, ocupando los predios en los que realizaron construcciones precarias, los hechos denunciados, se encuentran consignados en el informe del 23 de julio de 2009 de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) “Plan 3000” y la certificación de la Junta Vecinal Cívica del Barrio Vietnam (fs. 9 a 12, 14 y 22 a 25).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concediendo
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Acciones o medidas de hecho. Alcances y requisitos para su consideración a través de la acción de amparo constitucional, haciendo abstracción de las exigencias procesales
- III.3. Con relación al caso concreto
- concedido
- APROBAR