Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0355/2012
Fecha: 22-Jun-2012
acción de libertad
En revisión la Resolución 009/2012 de 12 de abril, cursante de fs. 28 a 30, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Guillermo Llacsa Vargas en representación sin mandato de Justina Sánchez Apaza y Yola Felipe Roque contra Margot Pérez Montaño, Jueza Cuarta de Instrucción en lo Penal del departamento de La Paz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- i)
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. De la indebida privación de libertad
- En cuanto a la indebida privación de libertad, que implica la ejecución de actos u omisiones ilegales o indebidos al margen de la Constitución Política del Estado y la ley, que lesionen el derecho a la libertad personal; la protección que se encuentra en la acción de libertad, que brinda este medio de defensa sin que sea indispensable para dicha activación, el agotamiento previo de recursos o medios ordinarios; todo, por mandato expreso del art. 23.III la CPE, que señala que nadie podrá ser detenido, aprehendido o privado de su libertad, salvo en los casos y según las formas establecidas por la ley, y, en todo caso, la ejecución del mandamiento requerirá que éste emane de autoridad competente y que sea emitido por escrito.
- APROBAR