SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0384/2012
Fecha: 22-Jun-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante en representación de María Rosario Silvestre Guaqui, manifestó que la autoridad demandada lesionó su derecho a la libertad física, puesto que a pesar de haber sido beneficiada con la determinación de cesación de la detención preventiva y haber presentado la documentación pertinente que acredita el cumplimiento de las medidas sustitutivas impuestas, no se libró el mandamiento de libertad a su favor, exigiéndose el previo cumplimiento de formalidades de ley; además, la autoridad Judicial demandada no tomó en cuenta la situación jurídica de la accionante, es decir, que estaba detenida preventivamente, ni que su despacho no contaba con Oficial de Diligencias, situación que causo demora. Correspondiendo analizar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos al derecho a la libertad del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la demanda
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- 1)
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- pronta, oportuna
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR