SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0399/2012

Fecha: 22-Jun-2012

2)

2) Señaló que Marco Williams Villarroel Lafuente, presentó acusación particular el 19 de marzo de 2010, contra Freddy Jaime Araníbar Gumucio y Claudia Andrea Orellana Rodríguez, por el delito de estafa tipificado por el art. 335 del Código Penal (CP), en virtud a la Resolución de 19 de enero de 2009, donde se produjo la conversión de acción pública en acción privada; no pudiendo ser notificado, se solicitó su notificación mediante edictos, declarándose la rebeldía del mismo y expidiendo el mandamiento de aprehensión correspondiente; 3) En audiencia cautelar el Juez dispuso la detención preventiva del ahora representado del accionante en el penal de San Sebastián, advirtiendo a las partes que la Resolución prevé el recurso de apelación conforme el art. 251 del CPP, dentro del plazo de 72 horas de su legal notificación; 4) Sostuvo su decisión en base a las SSCC 01289/2004-R, sobre la conversión de acción pública en acción privada y la 008/2010-R, referida a la subsidiariedad en la acción de libertad, estableciendo que el accionante presentó simultáneamente la solicitud de cesación a la detención preventiva y la acción de libertad, por lo que denegó la tutela solicitada.