SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2012

Fecha: 22-Jun-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 30 de enero de 2012, Ana y Anatolio Severiche Cuéllar y otros, de manera ilegal, valiéndose de “artimañas” ingresaron sin autorización a la propiedad de su representada, donde amedrentaron a sus inquilinos indicándoles que debían desocupar el lugar, porque ellos eran los dueños, apostándose después en el pasillo de ingreso con sus camas, sillas y cocina, impidiendo de esta forma el ingreso libre a las personas que viven en dicho edificio. Siendo así, que a pesar de haber denunciado estos hechos ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) por avasallamiento de morada, lo único que logró fue obtener insultos, amenazas y hacer que sus inquilinos se nieguen a pagar sus cánones de alquileres, así como la colocación de pancartas para justificar la huelga de hambre de los ahora demandados.

Añade, que María Susana Calderón Soliz, adquirió subrogación de deudas el 16 de diciembre de 2004, de su anterior propietaria Yenny León Severiche; que con mucho esfuerzo, logró pagar las deudas pendientes tanto en entidades bancarias como a personas particulares, después de hacer aprobar los planos y realizar la cancelación de los impuestos ante la Alcaldía Municipal de Santa Cruz, procedió a la inscripción de su derecho propietario, respecto al bien referido en Derechos Reales (DD.RR.) con la matrícula 7.01.1.99.0031545, de 31 de enero de 2012, el mismo está ubicado en la UV-27 Manzana 23, zona El Pari Urbanización Parque Centenario al Sud Oeste, del Municipio indicado, con una superficie de 366.02 m2. Asimismo, señala que por motivos de salud (laberintitis y artritis reumática) tuvo que ausentarse a Cochabamba hasta mejorar su salud, hecho que fue aprovechado por las personas ahora demandadas.