SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2012

Fecha: 22-Jun-2012

1)

El abogado de los demandados, en audiencia, dijo: 1) La ocupación fue pacífica porque los terrenos estaban abandonados; 2) El ingreso se produjo en junio de 2009, no así en noviembre de ese año; 3) El derecho a la vivienda es un derecho “al formalismo”, es decir, a lo que pudo o no hacer el Plan de Vivienda Social, siendo sus patrocinados gente necesitada; y, 4) La acción de amparo constitucional fue presentada fuera del plazo de seis meses previsto por la Constitución Política del Estado, encontrándose pendiente la petición de conciliación que realizaron al Responsable Regional del Programa de Vivienda Social de Pando. En base a ello, solicita se deniegue la tutela.