Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0445/2012
Fecha: 22-Jun-2012
2º
2º Con la facultad conferida por el art. 48.4 de la Ley de Tribunal Constitucional, que permite el dimensionamiento en el tiempo, en mérito al lapso transcurrido entre la Resolución del Tribunal de garantías y el pronunciamiento de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, los actos que hubiese realizado en el desempeño de sus actividades, se declaran válidos y subsistentes.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.11.
- Fragmento 8
- III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y su configuración constitucional
- III.2. La improcedencia de la acción de amparo constitucional en su elemento del juez natural - competencia
- “
- III.4. Análisis del caso concreto
- Recurso Directo de Nulidad
- 2º