AUTO CONSTITUCIONAL 0644/2012-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0644/2012-CA

Fecha: 10-Jul-2012

II.5.  Análisis del caso concreto

Revisados los antecedentes aparejados en el expediente se constata que, no cursa en obrados ningún actuado que confirme de manera indudable, si el proceso de mejor derecho de propiedad seguido por Wilfredo Erwin Suárez Ortiz en contra del recurrente, se encuentre en ejecución de Sentencia; debiendo inferirse este extremo del contenido de la Resolución 03, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior de Distrito de Santa Cruz, estableciéndose que el incidentista no observó lo previsto por el art.  61 de la LTC, ya que su solicitud para promover el recurso fue interpuesta extemporáneamente, cuando la Sentencia pronunciada ya tenía la calidad de cosa juzgada y estaba en fase de ejecución.

A su vez se advierte el incumplimiento de lo previsto en el art. 59 y 60.1 de la LTC, en sentido de que este recurso incidental de inconstitucionalidad, al no existir un proceso judicial -en vigencia- de cuya decisión dependa la constitucionalidad o inconstitucionalidad del art. art. 261 del CPC, por lo que en el caso de autos no se da la condición de procedencia del recurso, al no existir decisión pendiente de pronunciarse por el representante del órgano jurisdiccional.