Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0654/2012-CA
Fecha: 10-Jul-2012
Fragmento 2
Por memorial presentado el 7 de febrero de 2012, cursante de fs. 87 a 93, José Luis Rodríguez Téllez, en representación legal de Miguel Villamor Ferreira, interpuso acción de inconstitucionalidad concreta ante el Juez de Partido en lo Penal Liquidador de La Paz, contra el DL 18700 de 10 de noviembre de 1981, que modifica el art. 241 del CPP.1972 en la parte que dice: “oídas las conclusiones del Fiscal y de las partes, el Juez dará por cerrados los debates y mandará a poner de inmediato el expediente en su despacho para dictar la sentencia” por considerar que vulnera los arts. 12, 14-IV, 15, 23, 115.I y II, 116.I y II, 117.I, 119.I y II, 120.I, 123 y 410.II de la CPE.
- consulta
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido de la acción de inconstitucionalidad concreta
- podrá ser presentada
- II.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR