Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0461/2012
Fecha: 04-Jul-2012
II.8.
II.8. Auto de Vista de 20 de diciembre de 2008, por el que la Sala Civil Segunda revoca el Auto de 21 de enero de 2008, declarando probada la excepción de prescripción y disponiendo en consecuencia no ha lugar al cobro de honorarios profesionales por haberse operado dicha prescripción (fs. 40 y vta.).
- ,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcance
- III.2. Valoración probatoria
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1º REVOCAR