Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2012
Fecha: 04-Jul-2012
III.3.
Cuando se denuncia persecución ilegal o vulneración a la libertad personal, el art. 125 de la CPE, señala que, toda persona que esté ilegalmente perseguida o ilegalmente privada de su libertad personal, podrá interponer la acción de libertad y solicitar al juez o tribunal competente “cese la persecución indebida o se restituya su derecho a la libertad”.