Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2012
Fecha: 06-Jul-2012
II.6.
II.6. EL 26 de febrero de 2010, Jorge Morales Encinas, Presidente del Concejo Municipal de La Guardia, emite oficio 070/2010 a favor del accionante, en el que indica que no se ha emitido ninguna autorización para la extracción de áridos, ya que la misma no es de su competencia, que el Concejo Municipal no ha otorgado personalidad jurídica a ninguna asociación o institución (fs. 14).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Derecho al trabajo y a dedicarse a la industria o a cualquier actividad licita
- Derecho a la propiedad privada,
- En cuanto al principio de la seguridad jurídica
- III.2. En cuanto al alcance y requisitos de la tutela ante medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR