SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0491/2012
Fecha: 06-Jul-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, sostiene que los demandados vulneraron, la “garantía” de la seguridad jurídica, y los derechos al trabajo, a dedicarse a la industria o a cualquier actividad licita y a la propiedad, toda vez que con los actos violentos hubiesen realizado medidas de hecho, avasallando su concesión de manera violenta, donde trabaja para el sustento de su familia y brindando trabajo a otras personas más, mismos que generan ingresos para la manutención de sus familiares, destruyendo toda su maquinaria y sus herramientas, etc., ocasionándole un grave perjuicio económico, poniendo además en peligro la vida de los integrantes de su familia y la suya propia. Por consiguiente, corresponde en revisión dilucidar si tales extremos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Derecho al trabajo y a dedicarse a la industria o a cualquier actividad licita
- Derecho a la propiedad privada,
- En cuanto al principio de la seguridad jurídica
- III.2. En cuanto al alcance y requisitos de la tutela ante medidas de hecho
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR