SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0496/2012
Fecha: 06-Jul-2012
III.3. En cuanto a la Resolución del Tribunal de garantías
Al respecto, es preciso referirnos a dicha Resolución, por cuanto la misma consideró que la vía ordinaria no había sido agotada, dado que se constató la presentación de la solicitud de enmienda y complementación de la Sentencia impugnada, en tal sentido, denegó la tutela sin entrar al fondo del asunto, lo que no correspondía ya que el recurso de complementación y enmienda, sea cual fuera la resolución que lo resuelva, no cambiará el fondo de la Sentencia, puesto que únicamente se tocarán aspectos de forma, conforme al entendimiento establecido por la jurisprudencia constitucional, que sobre el tema señaló que: “A través del recurso de explicación, complementación y enmienda, la autoridad judicial competente de oficio o a pedido de parte, puede aclarar expresiones oscuras, suplir alguna omisión o corregir cualquier error que hubiere cometido en la resolución, siempre que ello no importe una modificación esencial de la misma.
En ese orden, adquiere la calidad de recurso facultativo que puede ser utilizado por las partes para solicitar la aclaración de algún concepto oscuro, la complementación o explicación respecto de alguna omisión en la que hubiere incurrido la autoridad, y cuando es utilizado forma parte integrante de la resolución; sin embargo, por estas características dicho recurso no puede modificar sustancialmente el fondo de la resolución” Así lo entendieron las SSCC 0306/2011-R, 0954/2004-R y 1199/2006-R, entre otras.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- i)
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.1.3. Sobre las formas de resolución de las acciones de libertad
- III.2. Del desistimiento dentro de la acción de libertad
- III.3. En cuanto a la Resolución del Tribunal de garantías
- III.4. Sobre el indebido procesamiento
- se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad
- Fragmento 16
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR