SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0515/2012

Fecha: 09-Jul-2012

concedió en forma parcial

La Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 33 de 9 de marzo de 2010, cursante de fs. 48 a 51 vta., concedió en forma parcial la acción de amparo constitucional, dejando sin efecto el Auto de Vista de 31 de agosto de 2009, dictado por los Vocales Hernán Cortez Castillo y Juana Molina Paz de Paz -codemandados-, ordenándose que emitan nueva resolución con apego a lo establecido en el art. 236 del CPC, absolviendo todos y cada uno de los puntos, especialmente los puntos cuarto y quinto del memorial de apelación de 1 de julio de 2009; declarando “improcedente” en cuanto al Vocal Adolfo Gandarilla Suárez -codemandado-, por ser de voto disidente y carecer de legitimación pasiva para ser demandado; con el argumento de que los citados Vocales, no resolvieron todos los puntos del recurso de apelación que el representado del accionante interpuso contra el Auto del Juez codemandado, de 18 de junio de 2009, denotando falta de motivación de su fallo por la negligencia y dejadez de los ahora demandados.