SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0538/2012

Fecha: 09-Jul-2012

a)

El accionante, a través de su abogado a tiempo de ratificar en su integridad el memorial en audiencia amplió la misma señalando que: a) El imputado no tiene ningún bien mueble, ni inmueble, pero presentó varias garantías y facturas para garantizar la reparación del daño civil, por lo que las autoridades demandadas están interpretando mal el principio de inocencia con la culpabilidad, ya que en el presente caso es un delito culposo y no doloso; b) Las autoridades demandadas señalaron que su defendido es un peligro para la sociedad conforme el art. 234.10 del CPP, aplicando una “doble criminalidad”, a pesar de haber presentado certificado del Registro Judicial de Antecedentes Penales (REJAP) y varios testigos que indicaron que su conducta es intachable, empero fueron mal valoradas; y, c) En cuanto al peligro de obstaculización se debe basar en la “SC 0807/2005” porque para ello presentó certificado del Penal que indica que su defendido demostró en una conducta sin observaciones, “pero la Sala menciona que para esto, sí pueden valorar nuevos elementos” (sic); razón por la cual, hicieron una interpretación sesgada y no se advirtió los principios “in dubio proreo lapsenso” , conveniencia, ni de favorabilidad, menos aún los derechos humanos, al establecer que no ha existido ninguna vulneración de sus derechos ni garantías.