SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0559/2012

Fecha: 20-Jul-2012

deniega

El Juez Octavo de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 05/12 de 4 de abril de 2012, cursante de fs. 120 a 129 de obrados, deniega la tutela; en base a los siguientes argumentos: a) Sólo una vez cumplidas las medidas sustitutivas se materializa el derecho del imputado; b) Es imprescindible la presentación del certificado de arraigo emitido por la oficina de Migración y el certificado de depósito judicial, pues sólo estos documentos son idóneos para acreditar que la medida sustitutiva ha sido cumplida; c) Si bien se puede expedir el mandamiento de arraigo, pero esa actuación no basta para que la autoridad responsable dé como cumplida su orden, constituyéndose el certificado de arraigo de máxima importancia para evitar la fuga del imputado; d) Cuando el Juez cautelar pide las certificaciones de arraigo y depósito, no está trabando la libertad del imputado, sino que simplemente está cumpliendo con su deber; y, e) La viabilidad de la libertad del representado del accionante está sujeto al cumplimiento cabal de todas las medidas que se impusieron en la Resolución.