SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2012

Fecha: 20-Jul-2012

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante Resolución de 9 de marzo de 2012, cursante de fs. 114 a 116 vta., denegó la tutela incoada; en base a los siguientes argumentos de orden legal: i) El accionante pidió su traspaso a la especialidad de Matemáticas, mediante carta de 11 de diciembre de 2009, siendo autorizada por el Director, Jorge Quiñonez Ayllón, sin que conste en antecedentes la Resolución 008/2010 que habría aceptado dicho extremo; ii) Según el detalle de casos especiales, el accionante debe doce materias, razón por la cual las autoridades académicas sugieren su asimilación al sistema anualizado; iii) De acuerdo al art. 128 de la CPE, el accionante deberá acreditar la titularidad respecto a los derechos cuya tutela solicita, por lo que no se podrá invocar derechos que se encuentran en disputa o que estén en controversia, citando a dicho efecto la SC 1079/2010-R de 27 de agosto; iv) El accionante no ha acreditado prueba suficiente, ni ha aparejado la Resolución 008/2010, que demuestre la legalidad de su traspaso de la carrera de Artes Plásticas a la especialidad de Matemáticas, siendo más bien que el citado traspaso fue acusado de irregular; y, v) El presente caso no es atendible en la jurisdicción constitucional, por cuanto existen hechos controvertidos que no pudieron ser aclarados por la documentación cursante en el legajo administrativo.