SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0584/2012

Fecha: 20-Jul-2012

denegó

Concluida la audiencia, el Juez de Partido y de Sentencia Penal de la provincia Capinota del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 23 de abril de 2010, cursante de fs. 132 a 133 vta., por la que denegó la tutela solicitada con imposición de costas y multa de Bs500.- (quinientos bolivianos) bajo el siguiente fundamento: a) El 16 de febrero de 2009, los Concejales Municipales de Santivañez, presentaron querella contra el accionante porla presunta comisión de los delitos de peculado, malversación, incumplimiento de deberes y conducta antieconómica; el 17 de febrero del mismo año, como acto conclusivo se formuló acusación por los delitos señalados, actuaciones que se realizaron de manera legal; b) Los querellantes el 24 de marzo de 2009, presentaron ampliación de querella por los delitos de destrucción o deterioro de bienes del Estado y riqueza nacional, no habiéndose puesto a conocimiento de la autoridad jurisdiccional, como tampoco se notificó al imputado; c) Los querellantes tenían la obligación de poner en movimiento al órgano encargado de la investigación, así como de prestar testimonio, proporcionar documentos y otros con la finalidad de demostrar que el hecho existe, lo contrario significaría abandono de querella ampliatoria, conforme el art. 292 del  Código de Procedimiento Penal (CPP); d) La falta de notificación con la ampliación de querella al imputado como a la Jueza de la causa, es atribución privativa del Ministerio Público conforme establece el art. 45.1 y 2) de la LOMP; y, e) Habiéndose radicado la acusación formal en el Tribunal de Sentencia Penal, tenía esta instancia para hacer valer la supuesta vulneración de sus derechos y garantías constitucionales, conforme lo previsto por el art. 308 del CPP.