SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0588/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0588/2012

Fecha: 20-Jul-2012

II.7.

II.7. A través del Auto 495/2009 de 9 de octubre, la Sala Civil Primera declaró NO HA LUGAR a la solicitud de extinción de la acción penal planteada por  Mario Alberto Palma Gómez, Jaime Avalos Riera, Ana María Saravi Abib y Roque Edmundo Urey Jordan, debiendo proseguir la causa hasta su conclusión, al evidenciarse que la dilación del trámite no se debía a la negligencia de los órganos judiciales o del Ministerio Público, sino a los incidentes planteados por los procesados (fs. 639 vta. a 640 vta.).