Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2012
Fecha: 23-Jul-2012
II.1.
II.1. Por memorial de 19 de marzo de 2012, el accionante pidió salida judicial, mereciendo providencia de 20 de igual mes y año, que disponía la previa acreditación mediante certificado médico emitida por el medico interno la penitenciaría; por lo que interpuso recurso de recusación que fue rechazado in límine mediante “providencia” (fs. 1 a 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- a) Atentados contra el derecho a la vida
- III.2. Protección de los derechos de los privados de libertad
- III.3. Los derechos de los privados de libertad establecidos en normas internacionales
- III.4. El derecho a la salud y la asistencia médica en los recintos penitenciarios
- “El Estado en todos sus niveles, protegerá el derecho a la salud, promoviendo políticas públicas orientadas a mejorar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso gratuito de la población a los servicios de salud”
- a)
- III.6. Análisis del caso concreto
- APROBAR,