Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0017/2012-RCA-SL
Fecha: 10-Ago-2012
I.3. Petitorio
Los accionantes, amparados en el art. 134 de la CPE, solicitan se declare procedente la presente acción de cumplimiento, ordenando al Alcalde Municipal de Sacaba cumpla con las leyes 4110 de 16 de septiembre de 2009, 2486 y otras disposiciones enunciadas, ya que las planimetrías fueron aprobadas por silencio administrativo positivo. Asimismo se ordene el cumplimiento de la exención de pago de valores judiciales, impuestos a la propiedad, a la transferencia y otros relativos a la tramitación en el municipio, sea con costas, resarcimiento de daños y perjuicios.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- se tramitará de la misma forma que la acción de amparo constitucional
- improcedencia in limine
- II.3. Análisis del caso concreto
- identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados;
- Fragmento 10