Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2012-RCA-SL
Fecha: 17-Ago-2012
i) Acreditar la personería del accionante
Acreditó su personería, demostrando ser afectado en sus derechos fundamentales, además de presentar documentación original del memorándum de designación 12/2003 de 14 de enero y 268/2003 de 1 de agosto, como Jefe Nacional de Medicina Forense del Instituto de Investigaciones Forenses y memorándum de agradecimiento de servicios CITE M. 498/2010 de 5 de noviembre sin justificación alguna.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- rechazó
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 5
- requisitos de contenido establecidos en los parágrafos III, IV y VI del art. 97 de la LTC,
- en motivos de economía procesal y en el mandato de justicia pronta y oportuna
- evitar el inicio de un procedimiento que carezca de los elementos básicos
- a) Exposición con precisión y claridad de los hechos
- i) Acreditar la personería del accionante
- iii) Acompañar las pruebas en que se funda la pretensión
- POR TANTO