AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2012-RCA-SL

Fecha: 17-Ago-2012

iii) Acompañar las pruebas en que se funda la pretensión

Adjuntó originales del memorándum de designación 12/2003 de 14 de enero, reasignación de ítem 268/2003 de 1 de agosto ambos como Jefe Nacional de Medicina Forense del Instituto   de Investigaciones Forenses; memorándum de agradecimiento de servicios CITE M. 498/2010 de 5 de noviembre, sin justificación alguna; y, nota CITE FGR/AJ. 336/2010 de 29 de noviembre, de reiteración de suspensión del cargo.

Al respecto, cabe hacer referencia al argumento de rechazo expuesto por el Tribunal de garantías, alegando incumplimiento por parte del accionante a la providencia de 30 de mayo de 2011, la cual disponía remitir a ese despacho fotocopias legalizadas del proceso de convocatoria pública para su contratación; sin embargo, es menester señalar que la documentación exigida por éste es irrelevante, porque se refiere al proceso de contratación, sin considerar que en el caso de autos no está en controversia la forma de contratación sino la destitución injustificada del accionante.