AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2012-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0037/2012-RCA-SL

Fecha: 17-Ago-2012

II.4.3.   Fijar con precisión el amparo que se solicita para preservar o restablecer el derecho o garantías vulnerados o amenazados

Solicita se admita la acción de amparo constitucional y se conceda la tutela de los derechos a la “seguridad jurídica”, debido proceso, ordenando a los accionados a reincorporarle y regularizar procedimiento según leyes imperantes en el territorio y dar cumplimiento al principio de dirección de los administrados.

De lo anteriormente expuesto se colige que el accionante cumplió con los requisitos observados por el Tribunal de garantías y por los fundamentos expuestos en los fundamentos jurídicos de la resolución en el punto II corresponde que se admita de manera excepcional la presente acción a objeto de verificar si se vulneró derechos o garantías fundamentales, toda vez que como manifiesta las irregularidades que hayan podido suscitarse en el proceso de selección no le son atribuibles.