AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2012-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0127/2012-RCA

Fecha: 15-Ago-2012

”…En la que se modificó de manera ilegal “El reglamento de Elecciones de Consejeras y Consejeros al Consejo de Administración y Vigilancia de la Cooperativa de Telecomunicaciones “COTES LTDA”, ya que el Estatuto de la Cooperativa, establece cierto procedimiento para dicho efecto, procedimiento que fue totalmente ignorado; incurriendo así en abusos que no acompañan al espíritu de la institución”(sic).

Por memorial presentado el 19 de julio de 2012, cursante de fs. 28 a 37 vta., el accionante interpuso amparo constitucional, manifestando que el 25 de abril de 2012, se llevó a cabo la Segunda Asamblea General Extraordinaria                     de Socios de COTES Ltda. ”…En la que se modificó de manera ilegal “El reglamento de Elecciones de Consejeras y Consejeros al Consejo de Administración y Vigilancia de la Cooperativa de Telecomunicaciones “COTES LTDA”, ya que el Estatuto de la Cooperativa, establece cierto procedimiento para dicho efecto, procedimiento que fue totalmente ignorado; incurriendo así en abusos que no acompañan al espíritu de la institución”(sic).

Refiere que, entre los requisitos para candidatos se introdujo la antigüedad de noventa días, computables a la fecha de la elección de Consejeras y Consejeros   de Administración y Vigilancia, infringiendo el art. 40 del Estatuto de COTES Ltda.; y por otra parte para el Consejero de Administración o Vigilancia en actual ejercicio, presentar certificación emitida por la Cooperativa que acredite la presentación del balance anual de su gestión aprobado en Asamblea de Socios, lo cual contraviene al art. 28 inc. a) del Estatuto Orgánico de la Cooperativa que, dispone que el balance general deberá ser presentado por el Consejo de Administración y no por los Consejeros de Vigilancia.