Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0143/2012-RCA
Fecha: 30-Ago-2012
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La accionante solicitó tutela de sus derechos al debido proceso y a la defensa; sin embargo, al haberse declarado la improcedencia por el Tribunal de garantías, corresponde, que la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- revisión
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- improcedencia
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- II.3. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 9
- Fragmento 10
- II.5. Inmediatez de la acción de amparo constitucional
- II.6. Análisis del caso concreto
- APROBAR