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    AUTO CONSTITUCIONAL 0689/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0689/2012-CA

    Fecha: 02-Ago-2012

    APRUEBA

    La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la jurisdicción y competencia, establecida por el art. 202.1 de la CPE; 54.4, 109 y 114.I de la LTCP, APRUEBA la Resolución 166/2012 de 13 de junio, cursante de fs. 42 a 46 vta., emitida por el Tribunal Supremo de Justicia; que rechazó la acción de inconstitucionalidad concreta, planteada por René Marcelo Montecinos Meneses, en representación legal del Banco Mercantil Santa Cruz S.A.

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • principio de razonabilidad
    • acto administrativo
    • rechazó
    • II.2. Requisitos de admisibilidad
    • puesto que no es suficiente la simple identificación de las mismas, sino que es imprescindible expresar el razonamiento que condujo a cuestionarlas; es decir, los motivos o razonamientos de la inconstitucionalidad y su vinculación con el derecho o derechos lesionados
    • APRUEBA

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