Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0701/2012-CA
Fecha: 10-Ago-2012
consulta
En consulta la Resolución 213/09 de 17 de septiembre de 2009, cursante de fs. 17 a 18 vta., pronunciada por la Jueza Cuarta de Instrucción de Familia de la ciudad de Santa Cruz, por la que rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad ahora -acción de inconstitucionalidad concreta-, interpuesto por Orlando Parada Vaca, demandando la inconstitucionalidad del art. 172.II del Código de Familia (CF), por infringir presuntamente las normas contenidas en los arts. 8.II, 9.II, 13.I, 14, 22, 62 y 63 de la Constitución Política del Estado (CPE).
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- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- Sin embargo en este último caso pueden ser invocados dichos efectos por los convivientes, cuando ambos estuvieron de buena fe, y aún por uno de ellos, si sólo hubo buena fe de su parte, pero no por el otro
- a)
- rechazó
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad
- Fragmento 8
- II.4. Análisis del caso concreto
- 3º