Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2012
Fecha: 02-Ago-2012
II.2.
II.2. Consta en fotocopia simple de audiencia de remate con adjudicación, realizado el 31 de octubre de 2011, del inmueble de propiedad de Max Felipe Tórrez Romero y Rosario Teresa Tórrez Chacón, en la que previas las formalidades de ley, Ana Luisa Oña Salas se adjudicó, el mismo en la base de Bs.420 000.- (cuatrocientos veinte mil boliviano) (fs.21).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- deniega
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. La interpretación de la legalidad ordinaria facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- III.3. La valoración de la prueba, facultad privativa a la jurisdicción ordinaria
- III.4. Del caso concreto
- APROBAR