SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2012

Fecha: 13-Ago-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La accionante denunció como lesionado su derecho al trabajo; toda vez que, en varias ocasiones solicitó a la Responsable de Farmacias y Suministros del SEDES Potosí, la reapertura de su farmacia, respondiéndole éste con argumentos alejados a la verdad, negándole su pedido, y frente a las respuestas infundadas a sus solicitudes, se dedicó a buscar otro inmueble, encontrando un local en la calle Bolívar frente a la iglesia de San Agustín, donde por años funcionó la farmacia Continental, aspecto que puso en conocimiento del SEDES Potosí el 23 de abril de 2010, a lo que, le respondieron mediante carta con cite UDFS 072/10, negándole nuevamente la apertura de su farmacia, bajo el ilegal argumento que no cuenta dicha tienda con los 40 m2 de superficie y que sólo tendría 35,83 m2, lo que no es evidente ya que el primer ambiente tiene una superficie de 19,72 m2 y el segundo 19,11 m2, haciendo un total de 38,83 m2, o sea, menos 1,17 m2, pero como el propósito es perjudicarle, insertaron datos falsos en el informe técnico. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.