Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0792/2012
Fecha: 20-Ago-2012
i)
La abogada de los demandados manifestó los siguientes argumentos: i) El accionante era socio de la Asociación, y cuando tuvo discrepancias con Edwin Herbas firmó la transferencia de su acción de línea de taxi a favor de su hijo, documento que fue aprobado por la mesa directiva y por los socios en el libro de actas; ii) “El accionante debió recurrir a rescindir o a la resolución del documento de transferencia u optar en comprar otra acción de línea” (sic); y, iii) El hijo del accionante ha estado trabajando en la Asociación y transcurrió el plazo para la presentación de la acción de amparo constitucional; por lo que pidió se declare improcedente la presente.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- Fragmento 8
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2.Denegatoria de la acción de amparo constitucional por actos consentidos expresamente
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17