SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2012
Fecha: 20-Ago-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante considera vulnerados sus derechos a la “seguridad jurisdiccional” (sic), de petición, al trabajo, a la “inamovilidad” (sic), por cuanto entiende que fue injustamente transferida de su fuente laboral como profesora de la Unidad Educativa de Zapacarí al núcleo Escolar de Ñequeta, sin que existan razones para dicho efecto, solo el interés del Director Distrital de Educación de San Pedro de Buena Vista de favorecer a otro profesor, cuando dicho extremo no es posible por cuanto no concurren las causales que darían lugar a su transferencia, como ser la instauración de un proceso previo en su contra.
La accionante considera vulnerados sus derechos a la “seguridad jurisdiccional” (sic), de petición, al trabajo, a la “inamovilidad” (sic), por cuanto entiende que fue injustamente transferida de su fuente laboral como profesora de la Unidad Educativa de Zapacarí al núcleo Escolar de Ñequeta, sin que existan razones para dicho efecto, solo el interés del Director Distrital de Educación de San Pedro de Buena Vista de favorecer a otro profesor, cuando dicho extremo no es posible por cuanto no concurren las causales que darían lugar a su transferencia, como ser la instauración de un proceso previo en su contra.
- acción de amparo constitucional
- a) Antecedentes fácticos
- b) Actos denunciados como lesivos
- 1)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. La subsidiaridad en las acciones de amparo constitucional
- III.2.2. Jurisprudencia aplicable al caso
- III.3. Análisis del caso
- APROBAR