Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0802/2012
Fecha: 20-Ago-2012
II.2.
II.2. El 7 de abril de 2010, la Jueza Tercera de Partido de Familia, dictó el Auto definitivo que aprueba la liquidación realizada a fs. 58 del expediente original, con la reducción de Bs9000.- (nueve mil bolivianos), cancelación a ser efectiva en el plazo de tres días bajo conminatoria de librarse mandamiento de apremio (fs. 159 a 160).