SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0897/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0897/2012

Fecha: 22-Ago-2012

denegando

El Juez Primero de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 013/2012 de 15 de junio, cursante de fs. 18 a 21, denegando la tutela solicitada por el accionante con los siguientes fundamentos: i) El caso tenía un inicio de investigaciones y estuvo bajo el control jurisdiccional del Juez Décimo de Instrucción en lo Penal, quien tenía la competencia para definir la situación procesal de los ahora representados; ii) Los defectos absolutos deben ser reclamados en la vía incidental ante el Juez cautelar que conoce la causa de acuerdo a la norma establecida para el efecto, razón por la cual, no es posible acudir a la acción de libertad cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad en forma inmediata, iii) La participación del particular codemandado, no se encuentra dentro de los alcances del art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE), por no tener legitimación pasiva, quien enmarcó su actuación de acuerdo a lo previsto en el procedimiento; y, iv) No se ingresó a consideraciones legales respecto a la ampliación de la acción de tutelar contra el investigador demandado, porque no existe presupuestos ni elementos para determinar su grado de participación en los hechos denunciados.