SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0942/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0942/2012

Fecha: 22-Ago-2012

1)

Trinidad Peña Agüero, Jueza Técnica del Tribunal Primero de Sentencia Penal de Yacuiba del Distrito Judicial -ahora departamento- de Tarija, mediante informe escrito cursante a fs. 88 y vta., señaló lo siguiente: 1) Debido a su estado de salud, con la finalidad de que reciba tratamiento médico especializado, ese Tribunal determinó la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva del accionante el 29 de julio de 2009; sin embargo, no cumplió con las medidas impuestas, motivo por el que no fue puesto en libertad; 2) El 11 de agosto de igual año, ante el incumplimiento de la presentación de las condiciones impuestas, el citado Tribunal le designó defensor de oficio para que tramite, concluya y presente los requisitos exigidos, pero interpuso recurso de reposición; y, 3) Posteriormente, por el delicado estado de salud y la necesidad de intervención quirúrgica, se ordenó el inmediato traslado de Ruperto Palacios Palacios, al Centro Oncológico del Oriente Boliviano; empero, tampoco cumplió con lo ordenado por ese Tribunal, luego la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, en representación de la víctima, solicitó la modificación de las medidas sustitutivas, por lo que los Jueces de ese Tribunal, señalaron audiencia para el 21 de septiembre, la misma que fue suspendida, porque el acusado presentó recusación contra las Juezas del Tribunal Primero de Sentencia Penal, solicitud que fue rechazada, pero simultáneamente interpuso una acción de libertad, la cual fue denegada; y nuevamente se la citó con esta acción de libertad, planteada con los mismos argumentos y por el mismo sujeto.