SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0942/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0942/2012

Fecha: 22-Ago-2012

denegó

El Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial en suplencia legal del Juez de Sentencia Penal, ambos de Yacuiba del Distrito Judicial -ahora departamento- de Tarija, pronunció la Resolución 025/2010 de 1 de octubre, cursante de fs. 92 a 94, mediante la cual, denegó la acción de libertad en base a los siguientes fundamentos: a) El accionante no ha agotado las instancias o hecho uso de los recursos ordinarios previstos por ley, para recién acudir a la jurisdicción constitucional y activar la competencia del Juez de garantías constitucionales;  b) No habiéndose ni siquiera aceptado o dado por cumplido lo requerido por la Resolución de 29 de julio de 2010, no se podría considerar su modificación, señalando audiencias a dicho fin, pues para ello, primero debe haberse incumplido las obligaciones impuestas; pero tal determinación debió o debe ser reclamada por el accionante al ad quem; y, c) El abogado de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, no ha dispuesto o resuelto ninguna situación procesal del imputado para sostener que él ha lesionado los derechos del accionante, lo cual no podría suceder al no ser autoridad jurisdiccional.