SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2012
Fecha: 22-Ago-2012
III.3. Análisis del caso concreto
De lo expuesto, en el caso presente puede establecerse que el Auto de Vista 471/2009, dictado por los Vocales demandados, además de ser escueto en su contenido, no cuenta con una fundamentación con suficiencia y racionalidad jurídica, que permita al apelante obtener una respuesta a sus cuestionamientos u observaciones respecto a la determinación asumida por la Jueza de primera instancia
Es así que, respecto al primer punto apelado, referido a la falta de especificación de la providencia inicial de ejecución de sentencia, los demandados se remitieron a efectuar la cita y desglose del art. 236 del adjetivo civil y a señalar que sólo la inexistencia de fundamentación constituye causal de nulidad y no así la insuficiencia de ésta, es decir que no establecieron si la Resolución de primera instancia tenía o no la fundamentación debida, o si era insuficiente por qué lo era, consecuentemente, no se dio respuesta al primer cuestionamiento.
Respecto a los otros tres puntos cuestionados mediante el recurso de apelación, se advierte que no fueron atendidos ni resueltos conforme correspondía, toda vez que de la lectura de la Resolución se evidencia que éstos son una evocación a lo expresado en la Resolución impugnada, es decir que los demandados reiteran lo manifestado por el Juez a quo y sin mayor motivación ni fundamentación se pronunciaron de manera por demás escueta.
Concluyendo que si bien es evidente que los demandados al pronunciar el Auto de Vista 471/2009, basan su Resolución en la normativa adjetiva civil, no es menos cierto que el contenido de la referida Resolución carece de fundamentación o motivación que sustente la determinación asumida, por cuanto del análisis del caso concreto se advierte que las autoridades jurisdiccionales demandadas se limitaron a efectuar afirmaciones de carácter general, sin reparar en exponer el por qué de sus determinaciones.
- acción de amparo constitucional
- a)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza de la acción de amparo constitucional
- III.2. El debido proceso en su componente de motivación de las resoluciones
- III.3. Análisis del caso concreto