Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0979/2012
Fecha: 22-Ago-2012
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Carlos Montaño Álvarez, Fiscal codemandado, en audiencia, informó que es mentira que hizo abandono del caso por más de dos años, ya que el cuaderno de investigaciones recién lo recibió el 29 de diciembre de 2011; además, que el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, lo convocó sólo una vez a una audiencia de cesación de detención preventiva, la cual fue suspendida porque la autoridad judicial estaba en otra audiencia cautelar en suplencia y quien ordena la acumulación de procesos es la autoridad judicial y no el Fiscal. Su actuación es ante el Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, no es responsabilidad de su autoridad el que no se convoque a una audiencia conclusiva.
- acción de libertad
- a) Actuación de Erwin Jiménez Paredes, Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal
- b) Actuación de Fernando Orellana Medina, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal
- c) Actuación de Iris Justiniano, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal
- d) Actuación de Marcelo Delgadillo, Fiscal de Materia
- e) Actuación de Carlos Montaño Alvarez, Fiscal de Materia
- f) Actuación de Isabelino Gómez Cervero, Fiscal de Distrito
- 1)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.13.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad: finalidad y alcances
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad: agotamiento de todos los mecanismos idóneos, eficientes y oportunos de impugnación intraprocesal
- III.3. Alcances y limitaciones de la acción de libertad en los casos en los que se denuncia procesamiento indebido
- III.4. Juez cautelar: encargado del control jurisdiccional de la etapa preparatoria
- III.5. Análisis del caso concreto
- 1) Ante la actuación de
- 2) Sobre la actuación de Fernando Orellana Medina, Juez Tercero de Instrucción en lo Penal
- 3) Ante la actuación de Iris Justiniano, Jueza Segunda de Instrucción en lo Penal
- III.5.2. Actuaciones de las autoridades fiscales demandadas
- APROBAR