Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0063/2012-RCA-SL
Fecha: 24-Sep-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 8 de julio de 2011, cursante a fs. 121, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jaime Donald Soruco Paniagua en representación legal de Roxana Claudia Anaya Ferrel Barrera contra Iván Gantier Lemoine, David Omar Barrios Montaño y Luís Arratia Jiménez, Vocales de la Sala Primera del Tribunal Agrario Nacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- rechazó
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- II.2. Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in límine por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
- dentro del plazo razonable de tres días hábiles computables a partir del día siguiente de su notificación con la Resolución respectiva;
- II.3. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- V. Acompañar las pruebas en que se funda la pretensión; y,
- II.5. Análisis del caso concreto
- i) Acreditó la personería de su representada, quien fue la demandante dentro del proceso contencioso administrativo seguido contra el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y quien fue la directa afectada con la emisión de la Sentencia Agraria Nacional 060/2010; ii) Señaló con claridad contra quienes interpuso esta acción de amparo constitucional, señalando sus domicilios
- POR TANTO