Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0149/2012-RCA-BIS
Fecha: 19-Sep-2012
a) Exponer con claridad los hechos
El accionante, ha expuesto los hechos en los que funda su acción, precisando el acto en virtud al cual presuntamente se habrían vulnerado sus derechos, individualizando como tal la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT/RJ 0292/2012 de 7 de mayo, emitida por la Dirección General de la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- rechazó in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- II.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- II.3. Análisis de los requisitos de admisibilidad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 9
- corresponde aclarar que estos requisitos al ser de índole formal son de carácter subsanable, ya que no hacen al contenido de la demanda;
- a) Exponer con claridad los hechos
- c) Fijar con precisión la tutela que se solicita para restablecer los derechos o garantías restringidos, suprimidos, amenazados o vulnerados