Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0746/2012-CA
Fecha: 10-Sep-2012
consulta
En consulta la Resolución de 13 de agosto de 2012, cursante de fs. 107 a 110, pronunciada por el Juez Octavo de Partido Civil y Comercial de la ciudad de Cochabamba por la que se rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, interpuesta por Sandra Carmen Alvarez, demandando la inconstitucionalidad del art. 55.I en la parte que señala: “…prosiguiendo el juicio en el estado en que se encuentre” del Código de Procedimiento Civil (CPC), por presuntamente vulnerar los arts. 115, 180 y 410.I de la Constitución Política del Estado (CPE).
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- procederá en los procesos judiciales o administrativos
- relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso
- procesos judiciales o administrativos
- Debe ser promovido dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo por la autoridad encargada del proceso, ya sea, el juez, tribunal o autoridad administrativa, de oficio o a solicitud de alguna de las partes que intervienen en el proceso;
- II.4. Análisis del caso concreto
- decisión dependa la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la ley aplicables a aquellos procesos
- APRUEBA