AUTO CONSTITUCIONAL 0746/2012-CA
Fecha: 10-Sep-2012
decisión dependa la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la ley aplicables a aquellos procesos
De la revisión de antecedentes, se advierte que si bien se sustanció un proceso judicial, éste concluyó con la emisión de la sentencia y ejecutoria de la misma, cuando el art. 109 de la LTCP, dispone que la acción de inconstitucionalidad concreta, procederá en los procesos judiciales o administrativos de cuya decisión dependa la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la ley aplicables a aquellos procesos; a su vez, el art. 111 del mismo cuerpo legal determina que la acción de inconstitucionalidad concreta será presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo aun en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de la sentencia; empero en el presente caso, se evidencia que el proceso judicial cuenta con sentencia ejecutoriada, con calidad de cosa juzgada por lo que habría concluido el proceso judicial, razón por la que no corresponde entrar a considerar la presente acción al haber concluido el proceso judicial, toda vez que al pronunciarse sobre la constitucionalidad o no de la norma, ya se cumpliría con el fin de esta acción que es el control de constitucional a una precepto legal que amenaza los derechos y garantías constitucionales; entendimiento que se expone en el AC 0337/2010 de 15 de junio.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- procederá en los procesos judiciales o administrativos
- relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso
- procesos judiciales o administrativos
- Debe ser promovido dentro de la tramitación de un proceso judicial o administrativo por la autoridad encargada del proceso, ya sea, el juez, tribunal o autoridad administrativa, de oficio o a solicitud de alguna de las partes que intervienen en el proceso;
- II.4. Análisis del caso concreto
- decisión dependa la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la ley aplicables a aquellos procesos
- APRUEBA