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    AUTO CONSTITUCIONAL 0748/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0748/2012-CA

    Fecha: 10-Sep-2012

    II.1.  Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos

    Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 73 inc. a), c), f) y 76 inc. a) del  RACPJ y 87 del RPDPJ, por considerar que supuestamente vulneran los arts. 109.I, 122, 158.3 y 410.I y II de la CPE; 39 al 56 de la LCJ; DS 23318-A; Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública y la Ley SAFCO.   

    • consulta
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • rechazó
    • II.1.  Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • II.2.  Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • 3.
    • 62.1) de la LTC por ser manifiestamente infundado. Sin embargo, si pese a esas anomalías, el recurso fuera admitido, el análisis de fondo será inviable, toda vez que el incumplimiento del inc. 1 del art. 60 de la LTC, supondrá que no existe ninguna norma objetada que implique la vulneración de un derecho fundamental; asimismo, si no se especifica el precepto constitucional supuestamente infringido,
    • APROBAR

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