Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0748/2012-CA
Fecha: 10-Sep-2012
II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
Se demanda la inconstitucionalidad de los arts. 73 inc. a), c), f) y 76 inc. a) del RACPJ y 87 del RPDPJ, por considerar que supuestamente vulneran los arts. 109.I, 122, 158.3 y 410.I y II de la CPE; 39 al 56 de la LCJ; DS 23318-A; Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública y la Ley SAFCO.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Aplicación de la Ley 1836 para las acciones y recursos presentados con anterioridad a la posesión de las autoridades del Tribunal Constitucional Plurinacional
- 3.
- 62.1) de la LTC por ser manifiestamente infundado. Sin embargo, si pese a esas anomalías, el recurso fuera admitido, el análisis de fondo será inviable, toda vez que el incumplimiento del inc. 1 del art. 60 de la LTC, supondrá que no existe ninguna norma objetada que implique la vulneración de un derecho fundamental; asimismo, si no se especifica el precepto constitucional supuestamente infringido,
- APROBAR