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    AUTO CONSTITUCIONAL 0765/2012-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0765/2012-CA

    Fecha: 20-Sep-2012

    Fragmento 7

    El art. 79 del CPCo determina que: “La legitimación activa, para interponer la acción de inconstitucionalidad concreta, la jueza, juez, tribunal o autoridad administrativa que, de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción”.

    • Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización y Control Social del Juego-AJ
    • primera
    • segunda
    • “Bingo Norte”
    • rechazó
    • I.
    • Fragmento 7
    • “…III.
    • II.3.  Análisis del incidente de inconstitucionalidad
    • a)
    • existencia de una duda razonable y fundada sobre la constitucionalidad de la disposición legal aplicable al caso concreto
    • legal aplicable al caso y de cuya validez dependa el fallo
    • caso de análisis

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