SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1007/2012

Fecha: 05-Sep-2012

I.1.1. Fundamentos de hecho que motivan la acción

El 2 de julio de 2012, cuando él se apersonó a dependencias de la Policía Boliviana  debido a que su madre frente a otra señora estuvieron ventilando un altercado en la sección de conciliaciones, advirtió que su madre estaba siendo agredida y no se procedía con equidad, además que al encontrarse la otra parte con asesoramiento técnico se retiró burlándose así de los derechos de su progenitora. Por este hecho haciendo uso de su derecho a la libre expresión frente al funcionario policial de conciliaciones, manifestó “que no había justicia” (sic), hecho que se dio y al verla adolorida moralmente y humillada a su madre por su detractora, efectuó esa manifestación de manera natural y en ningún momento de forma alterada. Frente a lo vertido el ahora demandado Javier Suárez Sanjinéz, Director de la FELCC, en forma prepotente y, con voz amenazadora le habría increpado, por lo que dicha autoridad, determinó de inmediato su arresto, supuestamente por faltamiento a la autoridad y seguramente por no haberle gustado el reclamo efectuado.

Seguidamente fue conducido a una carceleta del Módulo Policial 2  de la zona Norte de la localidad de Villazòn, por haber reclamado sobre el aludido hecho. Al apersonarse sus abogados al lugar de la carceleta en el que se encontraba cumpliendo su arresto de manera ilegal e indebidamente, verificaron que no se presentó mandamiento alguno o disposición de autoridad superior de acuerdo al informe verbal del efectivo policía encargado de dicho Modulo Policial.