SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1024/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 1024/2012

Fecha: 05-Sep-2012

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia que se encuentra con detención preventiva de forma prolongada por más de ocho meses, en la Cárcel de San Pedro de Sacaba, por orden del Juez de Instrucción en lo Penal de esa localidad, por lo que se notificó al Fiscal Departamental de Cochabamba, conminándole para que en el plazo de cinco días presente la acusación u otra solicitud conclusiva, bajo alternativa de declararse extinguida la acción penal, conminatoria que no se cumplió, por lo que se notificó a la parte querellante para que presente acusación particular en el mismo plazo; sin embargo, la nombrada autoridad jurisdiccional, de forma indebida, inconstitucional, contraria a la normativa legal vigente, hizo que el plazo estipulado en el art. 134 del CPP, que establece la extinción de la acción penal, se prolongue por más de ochenta días hasta el presente, pretendiendo que el plazo de cinco días se extienda indefinidamente para que el querellante presente su acusación particular. Corresponde en revisión, establecer si los actos denunciados son evidentes y si ameritan otorgar la tutela que brinda la acción de libertad.