SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1048/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1048/2012

Fecha: 05-Sep-2012

denegó

La Sala Penal y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Pando, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 28 de julio de 2010, cursante a fs. 157 a 158 vta., denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: i) El accionante para la protección de sus derechos antes de recurrir a la acción de amparo constitucional, debió agotar la vía administrativa y judicial; ii) Conforme el art. 10.III del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, que señala: “En caso de que el trabajador opte por su reincorporación, podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio del Trabajo, donde una vez probado el despido injustificado se dispondrá su inmediata reincorporación al mismo puesto que ocupaba al momento del despido, mas el pago de salarios devengados y demás derechos sociales actualizado a la fecha del pago. En caso de negativa del empleador el Ministerio del Trabajo impondrá multa por infracción a leyes sociales, pudiendo el trabajador iniciar la demanda de reincorporación ante el juez del Trabajo y Seguridad Social con la prueba del despido injustificado expedida por el Ministerio del Trabajo”(sic); y, iii)  La jurisdicción constitucional sólo podrá analizar los casos en los que se hubiere agotado la vía judicial o administrativa dada la naturaleza de la acción no corresponde otorgar la tutela solicitada.