Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1048/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.4.
II.4. A través del memorial de 25 de febrero de 2010, presentado al Consejo Universitario de la UAP, se tiene que el accionante solicitó la aplicación del principio de estabilidad laboral e inamovilidad de la Ley de la Persona con Discapacidad y del art. 3 del DS 27477 y su ratificación del ítem como catedrático y avisó amparo constitucional (fs. 4 a 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- Fragmento 12
- I
- III.2. Sobre los actos consentidos libre y expresamente
- firmó el contrato y desde ese preciso momento no puede aducir desconocimiento del mismo
- APROBAR