SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1105/2012
Fecha: 06-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante, denunció que se vulneraron sus derechos a la libertad física, de locomoción, y la garantía del debido proceso, por cuanto se encuentra indebidamente detenido desde el 26 de marzo de 2012, pese a haber denunciado este extremo ante la Jueza ahora demandada, ésta en audiencia cautelar de 28 del mes y año señalado, dispuso su detención preventiva, desde esa oportunidad no es resuelta su situación procesal respecto al incidente de defecto absoluto planteado, pese a que la Sala Penal Segunda y Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, anularon las Resoluciones emitidas por la Jueza demandada, en ese contexto, pide se conceda la tutela solicitada y disponga su inmediata libertad irrestricta; por consiguiente, corresponde analizar en revisión, si los hechos denunciados son evidentes y sí en el caso concreto, las autoridades demandadas vulneraron sus derechos invocados por el accionante.